DECRETO-LEY 7286/67

 

Ratificando la adhesión a la Resolución dictada por el Plenario del Convenio Multilateral, el 28 de Noviembre de 1966.

 

LA PLATA, 26 de JUNIO de 1967.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 915/67, en el ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Ratificase la adhesión a la Resolución del 28 de Noviembre de 1966, dictada por el Plenario del Convenio Multilateral, mediante la cual se dispone mantener en vigencia para el bienio 1967/68 los actuales porcentajes a que se refiere el artículo 2º de dicho Convenio y sustituir en el artículo 23 del mismo la expresión, “año anterior” por “penúltimo ejercicio fiscal”.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.