DEROGADA POR LEY 10040
DECRETO-LEY 9155/78
LA
PLATA, 13
de SEPTIEMBRE de 1978 .
VISTO
lo actuado en el expediente número 2200-7279/78 y la autorización otorgada
mediante la
Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 1.1. de la
Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas
por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO
1.- Facúltase a la Dirección de
Impresiones del Estado y Boletín Oficial a suscribir con la entidad privada
denominada Jockey Club de la
Provincia de Buenos Aires -concesionaria de la explotación
del Hipódromo de La Plata-
un contrato de prestación de servicios de impresión y suministro de los
elementos gráficos necesarios para el cumplimiento
del contrato de concesión ratificado mediante Ley 9004.
ARTÍCULO
2.- Cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.