LEY 9699

 

FUNDAMENTOS

 

Mediante la Ley 8517, se donaron al Estado Nacional Argentino –Ministerio de Cultura y Educación- varias fracciones de tierra fiscal ubicadas en la localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López, con destino a la construcción en ellas de un Colegio Nacional y Anexo Comercial.

El Ministerio Nacional citado no aceptó la donación mencionada, en virtud de considerar las fracciones en cuestión no aptas para la construcción de un establecimiento educacional como el propuesto.

Por su parte, el Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Buenos Aires peticiona dichas parcelas a efectos de destinarlas a la ampliación de la Escuela de Educación Media y Técnica nº 2.

En razón de haberse constatado que una de las parcelas fiscales mencionadas, se encuentra ocupada por un particular, corresponde facultar al señor Fiscal de Estado para que inicie las acciones legales pertinentes, tendientes a obtener la desocupación del predio.

Por lo expuesto, el Estado Provincial procede a sancionar la presente ley.