FUNDAMENTOS

DE LA LEY 9593

 

Por la presente Ley se introducen modificaciones al artículo 46 de la Ley 6021 –de Obras Públicas- precisándose el momento que se tomará en cuenta para determinar la tasa que se aplicará para la liquidación de los intereses correspondientes sobre los certificados de obra emitidos, estableciéndose para tal fin la fecha de emisión de los certificados correspondientes.

Con la medida que se efectiviza, al par de resolver la justificada inquietud del Banco de la Provincia de Buenos Aires para actuar dentro de un mayor grado de flexibilidad y capacidad competitiva en sus relaciones con el sector de contratistas de obra, evoluciona positivamente la norma legal al acompañar la dinámica del mercado financiero, permitiendo que el tipo de operaciones a que está referida se ajuste en su costo, a la realidad del momento de su concreción.