FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9677

 

 

Por la presente se propicia la modificación de la Ley nº 9626 en lo concerniente a las características que tendrá la operación de crédito a concretar entre el Ministerio de Economía y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de obtener los fondos necesarios para financiar los trabajos que permitan dotar al Regimiento 7 de Infantería de nuevas instalaciones.

Con la modificación proyectada se pretende complementar lo dispuesto en el artículo 7º de la mencionada norma legal, autorizándose al banco de la Provincia a utilizar mecanismos crediticios distintos a los previstos en su Carta Orgánica, al sólo efecto de poder ofrecer la solución financiera más adecuada a las actuales circunstancias, sin afectar las eventuales operaciones que en el futuro se puedan realizar por aplicación de los artículos 9º, 10º, 11º y 32º de dicha norma.

Cabe resaltar aquí el carácter de excepción que se otorga a esta medida y su exclusivo fundamento tiene origen en el alto fin perseguido por el Gobierno de la Provincia al concurrir con su aporte a la concreción de una obra que se encuentra íntimamente ligada con los objetivos de Seguridad Nacional.