FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9078
Así como resulta necesario regular adecuadamente los procesos de urbanización, a fin de corregir las distorsiones que se aprecian cuando faltan pautas rectoras establecidas por el Estado, también de manera complementaria es preciso establecer los recaudos a que debe ajustarse la publicidad de la venta o remate de inmuebles originados en planos de subdivisión o fraccionamiento.
La promoción pública de loteos, tanto por su importancia económica global, como por las expectativas que genera, particularmente en determinados sectores sociales, debe estar regida por reglamentaciones concretas que eviten la acción meramente especulativa y el eventual desamparo de los adquirentes atraídos por una propaganda equívoca.
La norma que se acompaña cubre sólo uno de los aspectos que el Estado debe regular en el campo del urbanismo y planeamiento territorial pero está prevista como un instrumento dentro del conjunto de normas necesarias tendientes a obtener un adecuado crecimiento de los centros poblados y la debida protección de los interés comunitarios.
El contenido de la ley contempla de manera precisa los siguientes aspectos:
a) Acreditación de la titularidad de los bienes a ofrecer en venta como sus condiciones jurídicas y físicas;
b) Establecer con mayor precisión el contenido necesario de la publicidad, tanto en lo referente a las características de las obras y servicios que poseen los bienes, como lo vinculado a la forma de expresión de los anuncios.
c) Especialmente, se prevé la información de las condiciones negativas del fraccionamiento y así evitar falsas interpretaciones por parte de los interesados;
d) Asignación a la Municipalidades de un rol protagónico activo, por sus mejores posibilidades de contralor directo.
La presente ley tiene como fuente esencial la ley 7428, sancionada el 24 de setiembre de 1968, y su decreto reglamentario número 8463/74, pero adecúa en forma más orgánica sus principios en base a la experiencia obtenida con su aplicación e integra otras figuras para dotar al régimen de mayores atributos que aseguren su eficacia.
Para dar mejor completividad al ordenamiento y permitir su inmediata aplicación, se han reunido en el mismo todas las disposiciones necesarias a esos fines.