DECRETO-LEY 10045/83
La Plata, 29 de setiembre de 1983.-
VISTO lo actuado en el expediente número 2333-290/83 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
ARTICULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a prorrogar en hasta cuarenta y cinco (45) días, el plazo establecido por la ley 10.005, para la cancelación de las deudas por impuestos Inmobiliarios y a los Automotores a que se refiere la mencionada Ley.
ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.-