FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8794

 

Resulta necesario establecer tarifas para el uso del comedor que funciona en el Palacio Legislativo y que es utilizado por funcionarios del Gobierno de la Provincia; estableciendo un sistema de financiamiento que evite solventar los gastos que demanda el mantenimiento de tal comedor con recursos desviados de otras áreas y en atención a la política de contención del gasto público establecida para el Estado Provincial.

Mediante la ley que se sanciona el Poder Ejecutivo queda autorizado para fijar la tarifa a cobrar por la utilización de los servicios del citado comedor y a la vez se dispone que los ingresos obtenidos por la percepción de tal tarifa sean destinados específicamente al abastecimiento del mismo.

Resulta de toda urgencia autorizar la percepción de las tarifas por el servicio referido a fin de evitar la utilización de recursos necesarios en otras áreas de la Administración en perjuicio de obras y servicios prioritarios.