DECRETO-LEY 9262/79
LA PLATA, 6 de FEBRERO de 1979.
VISTO lo actuado en el expediente número 2403-22000/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 5 de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Obras Públicas (Dirección de la
Energía) a efectuar un llamado a licitación pública internacional, en las condiciones
técnico-legales contenidas en el proyecto del Pliego de Bases y Condiciones que
corre agregado como fojas 1 de las actuaciones obrantes en el expediente número
2403-22000/78, para llevar a cabo la obra “Central Termoeléctrica 2 x 310 MW
Bahía Blanca”, con un presupuesto oficial estimado en la suma de TRESCIENTOS
DIECINUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL
(319.796.500.000) PESOS, cantidad que se encuentra prevista con cargo a la
siguiente imputación: Erogaciones de Capital, Ejercicio 1978 Prorrogado,
Futuros Ejercicios – Carácter 2 – Jurisdicción 05 – Unidad de Organización 2 –
Ítem 03 – Finalidad 6 – Función 03 – Sección 2 – Sector 05 – Principal 9 –
Subprincipal 4 – Parcial 001.
ARTÍCULO 2.- La Ley de Obras Públicas y sus Decretos Reglamentarios vigentes a la fecha de la licitación, regirán supletoriamente en todo lo que no esté expresamente modificado por los pliegos citados en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3.- La Dirección de la Energía de la Provincia de Buenos Aires (D.E.B.A.) aprobará los Pliegos de Bases y Condiciones definitivos para el llamado a licitación, en base al proyecto de éste mencionado en el artículo 1, con las eventuales modificaciones que fuere menester introducir, las que sin contrariar las condiciones técnico-legales que informan la citada documentación, ni la Ley 6021 -de Obras Públicas-, tiendan a determinar los alcances de las prestaciones a contratar y a precisar las modalidades contractuales que han de regir.
ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.