DECRETO-LEY 8651/76

 

Declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación, fracción de terreno ubicada en la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown.

 

LA PLATA, 19 de OCTUBRE de 1976.

 

VISTO lo actuado en el expediente 4.003-4.651/73 y la autorización otorgada mediante la instrucción 1/76, artículo 1º, apartado 5.2 de la Junta Militar, en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de terreno ubicada en la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown, de­signada catastralmente como Circunscripción III, Sección E, Manzana 109, Par­cela 13, cuyo dominio figura inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el número 1.346, año 1953, del Partido de Almirante Brown a nombre de Ezio Ra­nuzzi o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

 

ARTICULO 2.- El inmueble a expropiar será destinado al funcionamiento de una sala de primeros auxilios por la Municipalidad.

 

ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Almirante Brown.

 

ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.