DECRETO-LEY 8651/76
Declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación, fracción de terreno ubicada en la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown.
LA PLATA, 19 de OCTUBRE de 1976.
VISTO lo actuado en el expediente 4.003-4.651/73 y la autorización otorgada mediante la instrucción 1/76, artículo 1º, apartado 5.2 de la Junta Militar, en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de terreno ubicada en la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown, designada catastralmente como Circunscripción III, Sección E, Manzana 109, Parcela 13, cuyo dominio figura inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el número 1.346, año 1953, del Partido de Almirante Brown a nombre de Ezio Ranuzzi o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO 2.- El inmueble a expropiar será destinado al funcionamiento de una sala de primeros auxilios por la Municipalidad.
ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Almirante Brown.
ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.