FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9344
Por la presente ley se establece la posibilidad de que el titular del Poder Ejecutivo delegue en sus Ministros la facultad de autorizar transferencias sin cargo de bienes muebles o semovientes al Estado Nacional, a los Municipios o entre distintas reparticiones de la Provincia, cualquiera sea el valor de los mismos y estén o no en desuso.
Tal decisión se compadece con la política expuesta por el Gobierno de la Provincia en el sentido de materializar una descentralización administrativa que facilite contar con una administración dinámica y eficiente que cumpla con su misión en el momento oportuno.