FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9971

 

Por la Ley adjunta se dona a la “Fundación Dr. Pedro Goyena” –entidad de bien público sin fines de lucro- una fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de La Plata, jurisdicción del Partido del mismo nombre, perteneciente al patrimonio de la Provincia de Buenos Aires por expropiación en mayor extensión, habiéndose inscripto su dominio al Folio 743, año 1882.

La citada Entidad solicita dicho predio a efectos de destinarlo a la construcción de su Sede y residencia para jóvenes estudiantes del interior, a quienes se les proporciona ayuda en forma espiritual y material.

En consecuencia, el Estado Provincial, teniendo en cuenta la loable labor desarrollada por la Fundación peticionante, sanciona la presente ley.