FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8941

 

La presente ley tiene como objetivo llenar un vacío de orden legal en el ordenamiento institucional del Estado, a raíz de la ausencia de normas positivas que definan y enmarquen adecuada y correctamente el quehacer específico de la Tesorería General de la Provincia.

La responsabilidad e importancia de las funciones que realiza el precitado organismo en cumplimiento del cometido que le asigna la Constitución y la ley, determinan las necesidades y conveniencias de fijar el cuerpo de disposiciones legales básicas y orgánicas que le asegure un desenvolvimiento acorde con su jerarquía institucional y con el grado de evolución alcanzado a través de su trayectoria en el tiempo.

La ley de Contabilidad número 7569, antecesora de la actualmente en vigencia número 7764, disponía en su artículo 92, que las facultades y deberes de la Contaduría General y Tesorería General de la Provincia, establecidos por la Ley número 6265 –derogada por la número 7569-, quedaban vigentes hasta la sanción de sus respectivas leyes orgánicas. Sin embargo, la actual Ley número 7764-que derogó la número 7569- ha hecho silencio al respecto, limitándose a mencionar solamente algunas de las funciones de la Tesorería General, al tratar en el Capítulo VI lo relativo al Servicio del Tesoro.

La ley sancionada apunta, precisamente, al logro de ese objetivo, estableciéndose en el mismo con claridad, su competencia dentro del ámbito de la Administración del Estado, por conducto de las acciones y funciones que se le encomiendan, como así también las atribuciones y deberes de los funcionarios que tienen a su cargo la responsabilidad de su conducción y dirección.

Dentro de las funciones previstas se han considerado, además de las que derivan específicamente del cumplimiento del mandato constitucional, aquellas otras que, sin provenir de ese origen, el organismo viene realizando con señalado éxito desde hace varios años como consecuencia de exigencias que, surgidas en su momento por razones de orden coyuntural, han quedado definitivamente incorporadas a su actividad laboral, como medio de preservar y mantener el correcto manejo de las finanzas públicas. Entre sus funciones, merece destacar como la de mayor trascendencia a la elaboración anual del Presupuesto de Caja de cada Ejercicio y a la información mensual sobre su ejecución. Este documento constituye una herramienta fundamental de trabajo, no sólo considerada desde la óptica del desenvolvimiento del organismo, sino –y esto es lo más importante- porque brinda elementos de información permanente para la toma de decisiones a nivel político por parte de las autoridades del Gobierno.