FUNDAMENTOS

DE LA LEY 9341

 

Por la presente ley se ratifica el Convenio celebrado entre la Nación Argentina a través de la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas y la Provincia de Buenos Aires a través de la Dirección Provincial de Obras Sanitarias, por el que se transfiere a la jurisdicción provincial el servicio de provisión de agua potable de la ciudad de Bragado.

La transferencia en cuestión, se realiza en concordancia con las disposiciones de la ley Nacional nº 18.586 y su Decreto Reglamentario, normas estas que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a ceder sin cargo a las provincias, los organismos y funciones existentes en sus territorios, y comprende los bienes, los elementos, y la infraestructura existente para el cumplimiento del servicio.