FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9396
La ley que se acompaña declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble ubicado en la ciudad de Bragado, jurisdicción del Partido del mismo nombre, con el fin de destinarlo al funcionamiento del Centro Cultural Municipal.
La medida que se efectiviza, cumplimenta el añejo anhelo de las autoridades comunales de contar con un Centro Cultural acorde con las necesidades del Partido.
En esa inteligencia, el Gobierno bonaerense fiel intérprete del sentir municipal, sanciona la ley adjunta.