FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8711
La presente ley, autoriza al Poder Ejecutivo, a establecer los coeficientes correctores de la valuación general inmobiliaria.
Cabe destacar que la propia ley de catastro 5.738 determina que los organismos técnicos respectivos son los encargados de llevar a cabo los estudios pertinentes y proponer los coeficientes correctores.
Al tener estos organismos suficiente potestad para realizar tal clase de tareas, resulta a todas las luces conveniente agilizar el trámite para su aprobación, facultando al Poder Ejecutivo para que la misma se efectúe por decreto.
Es de hacer notar que una mayor rapidez en la aprobación de los coeficientes, redundará en una mejor percepción de tributos como el Impuesto Inmobiliario, Impuetso de Sellos y tasas por Servicios Sanitarios, que tienen como base de imposición la valuación inmobiliaria.
Por último, es de destacar que el procedimiento que se proyecta ha tenido aplicación hasta el año 1980 con resultado positivo.