FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9508
La necesidad de atender nuevos servicios en el área de Coordinación y Enlace de la Gobernación, obliga delegar responsabilidad asumidas por el señor Jefe de Coordinación y Enlace, en los aspectos relacionados con el ceremonial, las relaciones públicas y las audiencias.
Las características de dicho cargo obligan a determinarle una remuneración acorde con las amplias responsabilidades que el desempeño del mismo implica, por lo que corresponde incluirlo en la Planilla Anexa 2 “A” –Remuneraciones Personal de la Ley 8721 -A- Personal sin Estabilidad-, de las normas salariales vigentes.