DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

 

DECRETO 3.367

 

La Plata, 18 de noviembre de 1999.

 

VISTO: La Ley 12.268 que dispone el régimen para las actividades artísticas, técnicas y complementarias de las mismas, que desarrollan los Organismos dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación.

 

CONSIDERANDO:

 

Que se hace necesario establecer la escala de remuneraciones del personal de Planta Permanente con y sin estabilidad y del Personal de Sala y Escenario, de acuerdo a lo establecido en los Arts. 8º, 13 y 25 de la Ley citada.

 

Que, asimismo, se hace necesario fijar las pautas de trabajo que cumplirá el personal comprendido en el régimen de la Ley 12.268.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

Art. 1º - Fíjase, a partir del 1º de octubre de 1999, para el personal jerarquizado sin Estabilidad comprendido en la Ley 12.268, la escala de sueldos básicos y gastos de representación establecida en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.

 

Art. 2º - Fíjase, a partir del 1º de octubre de 1999, para el Personal Permanente con Estabilidad, comprendido en la Ley 2.268, la escala de módulos establecida en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto.

 

Art. 3º - Fíjase, a partir del 1º de octubre de 1999, para el Personal de Sala y Escenario, comprendido en la Ley 12.268, la escala de módulos establecida en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto.

 

Art. 4º - Fíjase, a partir del 1º de octubre de 1999, en $ 0,14121 el valor del módulo a que aluden los Arts. 13, 25 y 28 de la Ley 12.268.

 

Art. 5º - Establécese que el adicional por Ciclo Anual de Conciertos, determinado por el Art. 15º inc. 5) de la Ley 12.268, será aplicado a partir del 1º de marzo del año 2000.

 

Art. 6º - Establécese, a partir del 1º de octubre de 1999, las pautas de trabajo detalladas en el Anexo IV que forma parte integrante del presente Decreto.

 

Art. 7º - Fíjanse los importes máximos a gastar mensualmente, en personal de Sala y Escenario, para cada uno de los Organismos detallados en el Art. 2º de la Ley 12.268, conforme al detalle obrante en el Anexo V que forma parte integrante del presente.

 

Art. 8º - Autorízase a la Dirección de Administración Contable de la Dirección General de Cultura y Educación a imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a las partidas específicas del presupuesto.

 

Art. 9º - El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.

 

Art. 10 - Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, publíquese, dese al “Boletín Oficial” y archívese.

 

DUHALDE

J. E. Sarghini

J. M. Díaz Bancalari

 

ANEXO I

 

Personal Jerarquizado Sin Estabilidad

 

Cifras en pesos

 

         Sueldo         Gastos de

         Básico        Represent.

 

TEATRO ARGENTINO DE LA PLATA           

Director General      410                  410

Director Artístico     396                  396

Director de Estudios     377                  377

Director de Producción Técnica      377                  377

Director Administrativo Contable    377                  377

Director de Mantenimiento y Servicios  Generales   377                  377

Secretario General      377                  377

Director de Cuerpo Estable                  370                  370

Director de Coro de Niños                  350                  350

Asistente del Director de Ballet Estable                  320                  320

Asistente de Director de Coro Estable                  320                  320

Maestro de Cuerpo de Baile          312                  312

 

COMEDIA DE LA PROVINCIA

Director General      396                  396

Director Artístico     377                  377

Director de Montaje Técnico      377                  377

 

TEATRO AUDITORIUM Y ROBERTO PAYRO

Director 396                  396

 

BALLET DEL SUR DE BAHIA BLANCA

Director de Ballet Estable                  396                  396

Asistente de Director de Ballet Estable                  320                  320

Maestro de Cuerpo de Baile          312                  312

 

ORQUESTA SINFONICA PROVINCIAL DE BAHIA BLANCA

Director de Orquesta Estable       396                  396

Asistente de Director de Orquesta Estable       320                  320

 

ANEXO II

 

Personal Estable

 

CATEGORIA  CANTIDAD DE

         MODULOS

 

20       3.682

19       3.569

18       3.456

17       3.328

16       3.236

15       3.144

14       3.066

13       2.981

12       2.818

11       2.741

10       2.663

09       2.585

08       2.493

07       2.422

06       2.316

05       2.266

04       2.188

03       2.110

02       2.025

01       1.933

 

ANEXO III

 

Personal de Sala y Escenario

Arancel por Jornada de Trabajo, Ensayo o Función

 

CATEGORIA  CANTIDAD DE

         MODULOS

 

PERSONAL DE SALA

Inspector General 172,61

Jefe de Sala             162,16

Inspector             149,31

Acomodador            144,93

Portero             146,42

Camarinero             143,76

Guardarropía           136,18

Boletero             177,60

Valet Telón             146,42

 

PERSONAL DE ESCENARIO

Secciones Técnicas:

Oficial “A”             176,08

Oficial “B”             165,78

Medio Oficial “A”             145,16

Medio Oficial “B”             131,38

Ayudante             116,22

 

Ballet:

Bailarín Solista   217,96

Bailarín de Fila       200,20

 

Orquesta:

Solista Adjunto 227,04

Suplente Solista   217,96

Parte Real             200,20

Masa             193,32

 

Coro:

Masa             200,20

 

Maestro Sustituto “A”             227,04

Maestro Sustituto “B”             217,96

Pianista de Coro     200,20

Pianista de Clase de Baile             200,20

 

Actores:

Actor Protagónico “A”       227,04

Actor Protagónico “B”       209,38

Actor Protagónico “C”       193,32

 

Auxiliares Artísticos:

Periodista Especializado “A”       198,28

Copista             193,84

Oficial “A” de Extensión Cultural 176,08

Oficial “B” de Extensión Cultural 162,16

Subinspector de Cuerpo Artístico 149,31

Asistente de Relaciones Públicas 144,93

Auxiliar de Escena “A”             134,40

Auxiliar de Escena “B”             116,22

 

Complementario:

Figurante             129,10

 

ANEXO IV

 

Pautas de Trabajo

 

Agrupamiento I - Artístico

 

Orquesta Estable Teatro Argentino

Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca.

 

Disponibilidad: de martes a domingos de 10 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima:

- Ensayos comunes y funciones: 18 hs. (comprendiendo los intervalos de descanso).

- Duración de los ensayos comunes: 3 hs. (comprendiendo el o los intervalos de descanso).

- Ensayos y funciones Ciclo Anual de Concierto (Teatro Argentino): 7 hs. 30 m. (comprendiendo los intervalos de descanso).

- Duración de los ensayos Ciclo Anual de Conciertos: 1 h. 30 m. (comprendiendo el intervalo de descanso).

- Total para la Orquesta Estable del Teatro Argentino: 25 hs. 30 m.

Horario de Ensayos: martes a domingos, con una duración máxima de 3 hs., salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este Agrupamiento.

Descanso semanal: día lunes.

Lugar de trabajo: Escenario, salas de ensayo, foso de orquesta y ámbitos equivalentes en las giras artísticas.

 

Ballet Estable Teatro Argentino

Ballet del Sur

Disponibilidad: de martes a domingos de 10 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima:

- Ensayos comunes y funciones: 18 hs. (comprendiendo los intervalos de descanso).

- Duración de los ensayos comunes: 3 hs. (comprendiendo el o los intervalos de descanso).

Horario de Ensayos: martes a domingos, con una duración máxima de 3 hs., salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este Agrupamiento.

Clase de baile: los integrantes del Ballet Estable dispondrán, antes de cada prestación de ensayo o función, de una clase voluntaria de 1 h. de duración.

Descanso semanal: día lunes.

Lugar de trabajo: Escenario, salas de ensayo, foso de orquesta y ámbitos equivalentes en las giras artísticas.

 

Coro Estable Teatro Argentino

 

Disponibilidad: de martes a domingos de 10 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima:

- Ensayos comunes y funciones: 18 hs. (comprendiendo los intervalos de descanso).

- Duración de los ensayos comunes: 3 hs. (comprendiendo el o los intervalos de descanso).

Horario de Ensayos: martes a domingos, con una duración máxima de 3 hs., salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este Agrupamiento.

Descanso semanal: día lunes.

Lugar de trabajo: Escenario, salas de ensayo, foso de orquesta y ámbitos equivalentes en las giras artísticas.

 

Maestros Sustitutos

 

Disponibilidad: de martes a domingos de 10 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima: 18 hs. (comprendiendo los intervalos de descanso).

Horario de Ensayos: martes a domingos, con una duración máxima de 3 hs., salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este Agrupamiento.

Descanso semanal: día lunes.

Lugar de trabajo: Escenario, salas de ensayo, foso de orquesta y ámbitos equivalentes en las giras artísticas.

 

En todos los casos, las prestaciones de los integrantes del Agrupamiento I - Artístico, deberán entenderse como individuales y por lo tanto la convocatoria diaria puede ser diversificada para los distintos profesores que integran los cuerpos artísticos.

 

Agrupamiento II - Auxiliar Artístico

 

Disponibilidad: de martes a domingos de 7 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima: 34 hs. durante 6 días a la semana, distribuidos de esta forma: 5 días de 6 hs. diarias y 1 día de 4 hs. salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este agrupamiento.

Descanso semanal: día domingo o lunes, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación interna del organismo para cada sector o sección.

Lugar de trabajo: Escenario, salas de ensayo, foso de orquesta y ámbitos equivalentes en las giras artísticas, camarines, oficinas y gabinetes.

 

Agrupamiento III - Técnico Teatral

 

Disponibilidad: de martes a domingos de 7 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima: 34 hs. durante 6 días a la semana, distribuidos de esta forma: 5 días de 6 hs. diarias y 1 día de 4 hs. salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este agrupamiento.

Descanso semanal: día domingo o lunes, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación interna del organismo para cada sector o sección.

Lugar de trabajo: Talleres, escenario, salas de ensayo, foso de orquesta y ámbitos equivalentes en las giras artísticas.

 

Agrupamiento IV - Profesional, Técnico y Administrativo

 

Disponibilidad: de lunes a sábados de 7 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima: 34 hs. durante 6 días a la semana, distribuidos de esta forma: 5 días de 6 hs. diarias y 1 día de 4 hs. salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este agrupamiento.

Descanso semanal: día domingo o lunes, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación interna del organismo para cada sector de este Agrupamiento.

Lugar de trabajo: Despacho, oficinas y gabinetes asignados “ad hoc”.

 

Agrupamiento V - Mantenimiento y Servicios Generales

 

Disponibilidad: de lunes a domingos de 6 a 0,30 hs. del día siguiente.

Carga horaria semanal máxima: 34 hs. durante 6 días a la semana, distribuidos de esta forma: 5 días de 6 hs. diarias y 1 día de 4 hs. salvo ensayos generales y funciones, en las que tendrán la duración que se determine conforme la reglamentación interna del organismo para este agrupamiento.

Descanso semanal: día domingo o lunes, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación interna del organismo para cada sector de este Agrupamiento.

Lugar de trabajo: La totalidad de las instalaciones de la sede del Organismo.

 

ANEXO V

 

Gastos en Personal Sala y Escenario

Importes Máximos Mensuales

 

A partir del 1º de octubre de 1999

 

Teatro Argentino de La Plata         $           150.000

Teatro Auditorium y Roberto Payró de Mar del Plata              $             45.000

Comedia de la Provincia de Buenos Aires  $             58.000

Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca $             30.000

Ballet del Sur de Bahía Blanca            $             25.000