Decreto 471/2020
La Plata, 8 de junio de 2020
VISTO el expediente EX-2020-06895383-GDEBA-HSENDDTMSALGP y agregado en tramitación conjunta, del Ministerio de Salud, por los cuales se gestiona la aceptación de la renuncia a los fines jubilatorios, a partir del 1° de marzo de 2020, de Alejandra Judith GARCÍA, a los cargos de Directora Asociada y Asistente Social del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, y la designación en su reemplazo, a partir del 2 de marzo de 2020, del Médico Silvio Gustavo OTTAVIANO, y
CONSIDERANDO:
Que Alejandra Judith GARCÍA, presentó su renuncia, a partir del 1° de marzo de 2020, a los cargos de Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, en el que había sido designada por Decreto N° 1883/16 y de Asistente Social "A", con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor del mismo establecimiento;
Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, sustituido por el Decreto N° 431/13, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos, informó que la agente saliente no registra sumarios administrativos pendientes de resolución;
Que Alejandra Judith GARCÍA cumplimenta la totalidad de los requisitos exigidos para acceder al beneficio que prevé la Ley N° 13.355, reglamentada por Decreto N° 1859/05; Que la presente medida se dicta en virtud de lo normado por el Decreto N° 1770/11;
Que, asimismo, se gestiona la designación en su reemplazo, a partir del 2 de marzo de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, del Médico Silvio Gustavo OTTAVIANO;
Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;
Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto 99/2020;
Que en virtud del trámite propiciado, el profesional mencionado reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “A”- Especialidad: Neurocirugía, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;
Que, asimismo, es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad solicitada por Silvio Gustavo OTTAVIANO con relación al cargo que posee en el Hospital “Dr. Emilio Ferreyra”, dependiente de la Municipalidad de Necochea;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, la renuncia presentada para acogerse al beneficio jubilatorio, a partir del 1° de marzo de 2020, de Alejandra Judith GARCÍA (DNI N° 17.769.051 - Clase 1965), al cargo de Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto Nº 1883/16, y al que posee como Asistente Social de Hospital "A", con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el establecimiento mencionado, conforme lo establecido por el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, sustituido por el Decreto N° 431/13, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 2°. Certificar, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24 y 41 del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94) y su Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 430/81, que la agente cuya baja se dispone en el artículo anterior, registra una antigüedad laboral de treinta (30) años, un (1) mes y veintitrés (23) días, por actividad de carácter insalubre en la Administración Pública Provincial, y ha desempeñado como mejor cargo, por un período mínimo de treinta y seis (36) meses, el de Directora Asociada.
ARTÍCULO 3°. Otorgar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, la retribución especial sin cargo de reintegro que prevé la Ley N° 13.355, reglamentada por Decreto N° 1859/05, a Alejandra Judith GARCÍA (DNI N° 17.769.051 - Clase 1965), por reunir los requisitos que contempla dicha normativa.
ARTÍCULO 4º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 2 de marzo de 2020, como Director Asociado, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, al Médico Silvio Gustavo OTTAVIANO (DNI N° 14.530.744 – Clase 1961), de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 5°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 2 de marzo de 2020, el cargo que posee el profesional mencionado en el artículo precedente, como Médico de Hospital “A”- Especialidad: Neurocirugía, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Asociado del Hospital Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli" de Necochea, dependiente de la Dirección Provincial y Subsecretaría precitadas, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.
ARTÍCULO 6°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el Decreto-Ley N° 8078/73, Texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad solicitada por Silvio Gustavo OTTAVIANO, con relación al cargo que posee en el Hospital “Dr. Emilio Ferreyra”, dependiente de la Municipalidad de Necochea.
ARTÍCULO 7°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0016 – Subprograma: 003 – Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 357 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - “Bonificaciones” – Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165, y Decreto N° 1/2020.
ARTÍCULO 8º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 9º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador