RESOLUCIÓN 1524/21 MJGM

LA PLATA, 29 de Abril de 2021.

VISTO el expediente electrónico N° EX-2021-10468787-GDEBA-DSTAMJGM, mediante el cual se propicia actualizar el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución Nº 1208/21 modificada por su similar N° 1209/21 de este Ministerio, incluyendo al municipio de Chacabuco en la denominada Fase 2, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020, prorrogado y modificado por su similar Decreto Nacional N° 167/21, se amplió, por el plazo de un (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19.

Que, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto N° 132/2020, ratificado por la Ley N° 15.174, se declaró la emergencia sanitaria, por el término de ciento ochenta (180) días a partir de la fecha de su dictado, la cual ha sido prorrogada por los Decretos N° 771/2020 y N° 106/21.

Que el Decreto Nacional N° 235/21 modificado por su similar Decreto Nacional N° 241/21, estableció una serie de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, que deberán cumplir todas las personas, a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.

Que, por el artículo 13 de dicho Decreto Nacional se establecen una serie de parámetros epidemiológicos, que permiten distinguir entre aquellos partidos y departamentos de “Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” y aquellos de “Riesgo Epidemiológico y Sanitario Medio”.

Que, el Decreto Nacional N° 241/21 modificó el Decreto Nacional N° 235/21, estableciendo, respecto del aglomerado del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (AMBA), según está definido en el artículo 3° del Decreto N° 125/21, una serie de medidas adicionales, entre ellas la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, desde el 19 de abril hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.

Que, el Decreto Nacional N° 241/21 incorporó el artículo 27 bis del Decreto Nacional N° 235/21, estableciendo que los Gobernadores y las Gobernadoras de las Provincias dictarán las medidas necesarias para implementar lo dispuesto en el presente decreto como delegados o delegadas del gobierno federal, conforme lo establece el artículo 128 de la Constitución Nacional, sin perjuicio de otras medidas que deban adoptar las Provincias y los Municipios, en ejercicio de sus competencias propias.

Que, en virtud de lo precedentemente expuesto, se dictó el Decreto N° 178/21, modificado por su similar N° 181/21, cuyo artículo 5° faculta al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros a adoptar medidas adicionales a las dispuestas en el Decreto Nacional N° 235/21, focalizadas, transitorias y de alcance local, con el fin de mitigar en forma temprana los contagios por COVID-19, en los términos de los artículos 14, 15, 17 y 27 bis de la referida norma, modificada por el Decreto Nacional N° 241/21. Que, en ese marco, el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros dictó la Resolución N° 1208/21 modificada por la Resolución N° 1209/21, cuyo objeto es establecer, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, un sistema de fases en el que estarán incluidos los municipios de acuerdo al riesgo epidemiológico y sanitario que presenten, encontrándose habilitadas, en cada fase, una serie de actividades que deberán realizarse bajo el estricto cumplimiento de los protocolos que oportunamente hubieren aprobado las autoridades provinciales competentes o la autoridad sanitaria nacional.

Que, por otra parte, el artículo 5° de la mencionada Resolución Nº 1208/21 modificada por su similar N° 1209/21, establece que el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros, previo informe del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, determinará regularmente la fase en la que cada municipio se encuentra, de acuerdo a la situación sanitaria y epidemiológica que presente.

Que el Ministerio de Salud ha elevado el informe actualizado de municipios, indicando el estado de la pandemia de COVID19 en territorio bonaerense y la situación de cada distrito, resultando oportuno aprobar el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido.

Que, con posterioridad, las autoridades del municipio de Chacabuco han solicitado el pase a Fase 2, como consecuencia de la crítica emergencia sanitaria que se encuentra atravesando el distrito, situación que ha sido corroborada por la Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y Fiscalización del Ministerio de Salud de la provincia.

Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario aprobar el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución N° 1208/21 modificada por su similar N° 1209/21, incluyendo al municipio de Chacabuco en la denominada Fase 2. Que ha tomado la intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 15.164 y por el Decreto N° 178/21, modificado por su similar N° 181/21.

Por ello,

EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aprobar como Anexo Único (IF-2021-10484842-GDEBA-DPLYTMJGM) el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución Nº 1208/21 modificada por su similar N° 1209/21 de este Ministerio, el cual se encuentra actualizado a la fecha de dictado de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro

ANEXO ÚNICO

 

Fase 2

Fase 3

Fase 4

Fase 5

Almirante Brown

9 de Julio

25 de Mayo

 

Avellaneda

Adolfo Gonzales Chaves

Adolfo Alsina

 

Berazategui

Alberti

Arrecifes

 

Berisso

Azul

Ayacucho

 

Bolívar

Bahía Blanca

Baradero

 

Carmen de Areco

Balcarce

Benito Juárez

 

Castelli

Bragado

Capitán Sarmiento

 

Chacabuco

Brandsen

Carlos Casares

 

Ensenada

Campana

Carlos Tejedor

 

Escobar

Cañuelas

General Arenales

 

        Esteban Echeverría

Chascomús

General Guido

 

Ezeiza

Chivilcoy

General Juan Madariaga

 

Florencio Varela

Colón

General Lavalle

 

General Las Heras

Coronel de Marina L. Rosales

General Pinto

 

General Rodríguez

Coronel Dorrego

General Viamonte

 

General San Martín

Coronel Pringles

Guaminí

 

General Villegas

Coronel Suárez

Hipólito Yrigoyen

 

Hurlingham

Daireaux

Laprida

 

Ituzaingó

Dolores

Las Flores

 

José C. Paz

Exaltación de la Cruz

Lezama

 

La Matanza

Florentino Ameghino

Lobería

 

La Plata

General Alvarado

Lobos

 

Lanús

General Alvear

Mar Chiquita

 

Lomas de Zamora

General Belgrano

Monte Hermoso

 

Luján

General La Madrid

Patagones

 

Malvinas Argentinas

General Paz

Pellegrini

 

Marcos Paz

General Pueyrredón

Pila

 

Merlo

Junín

Punta Indio

 

Moreno

La Costa

Ramallo

 

Morón

Leandro N. Alem

Rivadavia

 

Pilar

Lincoln

Rojas

 

Presidente Perón

Magdalena

Saavedra

 

Quilmes

Maipú

Saladillo

 

San Fernando

Mercedes

Salliqueló

 

San Isidro

Monte

Salto

 

San Miguel

Navarro

Tapalqué

 

San Vicente

Necochea

Tordillo

 

Tigre

Olavarría

 

 

Tres de Febrero

Pehuajó

 

 

Vicente López

Pergamino

 

 

Zárate

Pinamar

 

 

 

Puán

 

 

 

Rauch

 

 

 

Roque Pérez

 

 

 

San Andrés de Giles

 

 

 

San Antonio de Areco

 

 

 

San Cayetano

 

 

 

San Nicolás

 

 

 

San Pedro

 

 

 

Suipacha

 

 

 

Tandil

 

 

 

Tornquist

 

 

 

Trenque Lauquen

 

 

 

Tres Arroyos

 

 

 

Tres Lomas

 

 

 

Villa Gesell

 

 

 

Villarino