LEY 11125

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTICULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación, los lotes de terreno ubicados en la localidad de Bándfield, Partido de Lomas de Zamora, designados catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Fracción VI, Parcelas 1-a, 2-a, 39-a, 40-a, 41-a y 42-a, inscripto su dominio en la D.H. N° 17/925, D.H. 7292/60 y D.H. 5884/67, con relación al Folio 1747/924, del Partido de Lomas de Zamora, a nombre de Cristóbal HYLAND, Aída Sara Raquel y Manuel Marcelino POSE Y FRIGERIO y/o de quién o quiénes resulten ser sus legítimos propietarios.

 

ARTICULO 2.- Los inmuebles descriptos en el artículo anterior, serán transferidos a la Dirección General de Escuelas y Cultura, para ser destinados a la construcción de una Escuela Secundaria.

 

ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a realizar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio Vigente, las adecuaciones que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.