Fundamentos de la

Ley 11424

 

HONORABLE CÁMARA:

           

            La ciudad de San Vicente carece de una estación        terminal de ómnibus, de corta y larga distancia, que –provenientes de la Capital federal y de las distintas ciudades de la provincia- cruzan el distrito de la ruta provincial № 6.

            La consecuente necesidad de su construcción torna impostergable la determinación del sector en el cual deban concentrarse la totalidad o la mayoría de los vehículos afectados al servicio público de transporte automotor de pasajeros.

            Por otra parte especial atención merece la necesidad concurrente de contar con una playa de estacionamiento para unidades de carga general, que no tienen un lugar a tal fin, con el consiguiente deterioro de los pavimentos existentes y otras incomodidades propias de la circulación y estacionamiento dentro de la planta urbana.

            Finalmente, existe la necesidad de coordinar el área de transporte de ómnibus con el estacionamiento de unidades de carga; y, en el sentido expresado, fundadas razones avalan la posición según la cual la zona aledaña a la ruta provincial № 6, en su intersección con la Avenida Sarmiento, es el mejor lugar a los efectos deseados.

            En sentido concordante, es oportuno señalar que las instalaciones de referencia demandan una superficie no inferior a los 10.000 metros cuadrados apenas excedida por las fracciones de tierra cuya declaración de utilidad pública con fines expropiatorios se propicia.

            Por las razones expuestas, este bloque del Partido intransigente somete a consideración de los señores senadores el adjunto proyecto de ley, para la cual solicita el voto favorable.