DECRETO 326/18

 

LA PLATA, 12 de abril de 2018.

 

Referencia: Convenio Marco de Cooperación UNLP - CIC. 2157-2298/16.

 

VISTO el expediente Nº 2157-2298/16, mediante el cual se propicia la aprobación del Convenio Marco de Cooperación, celebrado el 24 de junio de 2016 entre la Universidad Nacional de La Plata y la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el presente convenio las instituciones firmantes tienen por objeto impulsar programas de trabajo y desarrollo de actividades conjuntas, orientadas a la generación, difusión y aplicación de conocimiento científico y tecnológico a los sectores productivos y sociales del ámbito privado y/o público, que no producirá por sí efectos no obligaciones de tipo jurídico o económico;

 

Que para alcanzar los objetivos anteriormente mencionados, la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires y la Universidad Nacional de La Plata proveerán los recursos necesarios, en la forma y condiciones que en cada oportunidad se establezcan debidamente, para realizar los trabajos que se programen afectando para ello los recursos humanos, técnico-científicos y materiales que sus estatutos y reglamentos orgánicos permitan;

 

Que las actividades y programas de trabajo serán realizadas por la Universidad Nacional de La Plata a través del Centro de Producción Multimedial (CEPROM);

 

Que el plazo de duración del Convenio se establece en tres (3) años desde su aprobación, renovable automáticamente al término de dicho periodo, pudiendo denunciarlo cualquiera de las partes con preaviso de seis (6) meses de anticipación;

 

Que el Directorio de la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires, en sus reuniones del 12 de julio de 2016, Acta Nº 1444, y 7 de marzo de 2017, Acta Nº 1452, toma conocimiento del Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Universidad Nacional de La Plata y la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, la Delegación Fiscal de la Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio Marco de Cooperación, celebrado el 24 de junio de 2016 entre la Universidad Nacional de La Plata y la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires, el que como Anexo Único (IF-2017-1296929-GDEBA-DPACYTCIC), pasa a formar parte integrante del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO 2º. En los sucesivos actos (acuerdos, protocolos, addenda, etc.) que se suscriban como consecuencia del presente convenio, deberán tomar intervención -con carácter previo a su suscripción- los organismos de asesoramiento y control, cuando corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas.

 

ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, pasar al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar.

 

Jorge Román Elustondo                                         Federico Salvai

Ministro de Ciencia,                                                  Ministro de Jefatura de

Tecnología e Innovación                                           Gabinete de Ministros

 

María Eugenia Vidal

Gobernadora

 

NOTA: El Anexo del presente Decreto puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.