Provincia de Buenos Aires
ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 09/09

La Plata, 22 de abril de 2009.

VISTO el Expediente Nº 2145-22687/09, la Ley Nº 13.592, los Decretos Nº 23/07, Nº 869/08, la Resolución Nº 5/08 de esta Coordinación Ejecutiva, la Resolución Nº 9/09 de la Directora Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, y

CONSIDERANDO:
Que conforme a la Ley Nº 13.592 son objetivos de la política ambiental provincial, en materia de residuos sólidos urbanos, la incorporación paulatina de la separación en origen, la valorización, la reutilización y el reciclaje en la gestión integral de dichos residuos por parte de todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires; también, el diseño y la instrumentación de campañas de educación ambiental y de divulgación a fin de sensibilizar a la población respecto de las conductas positivas para el ambiente y las posibles soluciones para los residuos sólidos urbanos, garantizando una amplia y efectiva participación social;
Que mediante el Decreto Nº 869/08 se creó el programa "Generación 3R” para promover la reducción, la reutilización y el reciclaje de residuos sólidos urbanos y se designó como autoridad a cargo de la planificación, organización, coordinación, difusión, ejecución y evaluación del mismo al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible;
Que con la finalidad de concientizar y fomentar la participación ciudadana, el Programa reúne acciones de educación ambiental, campañas de sensibilización, prevención y participación de los distintos sectores de la sociedad, partiendo de la noción de las tres “R” (reducir, reciclar y reutilizar), propuestas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU);
Que por Resolución Nº 9/09, la Directora Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible designó como autoridad responsable de la planificación, organización, coordinación, difusión y evaluación de las acciones enunciadas en el Programa “Generación 3R”, al titular de la Coordinación Ejecutiva para el Desarrollo Sostenible, la Planificación Económica Ambiental y el Desarrollo de Energías Alternativas del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible;
Que la educación ambiental se presenta como aquel proceso que incluye el esfuerzo planificado para comunicar información y/o suministrar instrucción basado en los más recientes y válidos datos científicos. Adquiere especial relevancia si se la considera como herramienta del Estado a fin de impulsar un proceso de cambio que integre los conceptos de desarrollo y ecología, donde todas las actividades del hombre, las políticas de desarrollo social y económico y el ambiente en su conjunto, encuentren armonía y de esta manera se alcancen objetivos prioritarios como son la calidad de vida, la conservación de los recursos naturales, de la biodiversidad y del ambiente en general;
Que en este contexto y con motivo de los planes de disposición selectiva de residuos programados y desarrollados en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, con fundamento en el Decreto Nº 869/08, la Señora Directora de Residuos Sólidos Urbanos propone que, conforme a las pautas educativas oportunamente aprobadas por el “Programa Generación 3R”; se establezca una clasificación de colores de los contenedores, que permita identificar claramente cada una de las corrientes de residuos, según se trate de vidrio; plásticos y demás envases no vidrio; papel y cartón; residuos húmedos y no sujetos a reciclado; aceite vegetal usado;
Que asimismo señala la importancia de generar pautas comunes en la provincia que permitan unificar los colores a ser utilizados, a fin de dar un mensaje único a la población, evitando que se utilicen identificaciones diferentes;
Que el señor Director Provincial de Residuos destaca que la propuesta tiende a establecer pautas compartidas por todos los actores, en consonancia con los objetivos de educación ambiental previstos por la Ley Nº 13.592;
Que por su parte, el Señor Director Provincial de Relaciones con la Comunidad, presenta un muestrario de colores para cada una de las corrientes de residuos antes enunciadas;
Que la incorporación, por parte de los habitantes, de una convención, a difundir y generalizar en el ámbito de la provincia, sumada a su participación en acciones y planes que, en el marco del Programa “Generación 3R”, propicien la separación de residuos en origen, permitirá la recuperación de materiales o productos usados para su reciclado, contribuyendo en forma activa a la minimización de la cantidad de residuos que se destinan diariamente a la disposición final;
Que ha tomado intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 23/07 y la Resolución OPDS Nº 9/09;
Por ello,

EL COORDINADOR EJECUTIVO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,
LA PLANIFICACION ECONOMICA AMBIENTAL Y EL DESARROLLO
DE ENERGIAS ALTERNATIVAS, RESUELVE:

ARTICULO 1°. Establecer la identificación de colores conforme Anexo Unico que integra la presente, para los contenedores a ser utilizados para la disposición selectiva de residuos, en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2°. Invitar a Municipios, Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, y a entidades públicas y privadas, a incorporar en los sistemas de disposición selectiva de residuos implementados y a desarrollarse en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, la convención fijada por el artículo 1º.
ARTICULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


Catherine Astolfi
Directora de Asuntos Jurídicos