LEY 12324
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el partido de Quilmes, identificados catastralmente como: Circunscripción III, Sección L, Manzana 13, Parcelas 8, 9, 23, 24 y 25: inscripto su dominio en el Fº 3.023/62, marginal 199.753 a nombre de Petroquímica Atahualpa Sociedad de Responsabilidad Limitada y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO 2.- Las parcelas en cuestión serán adjudicadas en propiedad a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, para que dichos bienes se anexen al inmueble donde funciona la Escuela Nº 68 "José Hernández" del partido de Quilmes.
ARTICULO 3.- La escritura traslativa de dominio a favor de la Dirección General de Cultura y Educación, será otorgada por la Escribanía General de Gobierno, estando exenta del pago de todo impuesto al acto.
ARTICULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.