ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN 205/2019 OPDS
(Texto con las modificaciones introducidas por la Resolución 339/2020 OPDS)
La Plata, 07 de marzo de 2019
Referencia: EX-2019-02873902-GDEBA-DGAOPDS
VISTO el EX-2019-02873902-GDEBA-DGAOPDS por medio del cual tramita la prórroga del régimen de facilidades de pago para la cancelación de deudas por tasas y/o multas impuestas por éste Organismo Provincial en el marco de la Ley N° 14989, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución OPDS N° 383/17 de fecha 9 de marzo de 2017 (b.o. 21/03/17), se estableció por el plazo de dos años a partir de la publicación de la misma, y para todos los administrados, un régimen de facilidades de pago para la cancelación de deudas por tasas y multas impuestas por éste Organismo Provincial;
Que conforme la Ley N° 14.989, este Organismo Ambiental resulta Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 5965; 10.907, 11.720, 11.723, 13.592 y demás normas de las que emana la facultad de cobrar tasas por servicios administrativos o multas por infracción a la normativa ambiental vigente;
Que asimismo, conforme lo establecido por el artículo 168 bis del Código Fiscal -Ley N° 10.397, t.o. 2011- (incorporado por Ley N° 14.394) éste Organismo posee la facultad de disponer por el plazo que considere pertinente, un régimen para la regularización de créditos fiscales, vencidos o impagos que tengan origen en las dependencias y organismos que funcionan en su órbita o que resulten de su incumbencia;
Que por Resolución N° 1 de fecha 21 de abril de 2017 del entonces Coordinador Ejecutivo Administrativo se estableció el procedimiento que deberá cumplimentarse para acceder al régimen de regularización de deudas, estableciéndose además que podrán regularizarse las deudas mencionadas anteriormente, determinadas, vencidas y/o generadas al 31 de Diciembre de 2016;
Que por DI-2018-2-GDEBA-DGAOPDS de fecha 15 de Febrero de 2018 se extendió el término para la regularización de deudas, para aquéllas determinadas, vencidas y/o generadas al 31 de diciembre de 2017;
Que toda vez que el régimen de facilidades de pago para la cancelación de deudas fue establecido por el plazo de dos años a partir de su publicación, la cual tuviera lugar el 21 de marzo de 2017, se hace inminente la fecha de vencimiento del mismo;
Que toda vez que resulta necesario continuar con dicho sistema que permite alcanzar el cobro de acreencias para la generalidad de los créditos a cobrar por ésta autoridad ambiental como así también, otorgar a los administrados de un régimen de facilidades de pago para saldar dichas deudas, corresponde prorrogar por dos años el régimen anteriormente descripto y establecer cuáles serán las deudas que podrán regularizarse;
Que ha intervenido en el marco de su competencia Asesoría General de Gobierno en orden 12;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 14989; Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Prorrogar por dos años el régimen de facilidades de pago para la cancelación de deudas establecido en la Resolución N° 383/17 de fecha 9 de marzo de 2017 (b.o. 21/03/17).
ARTÍCULO 2º. (Texto según Resolución 339/2020 OPDS) Dejar establecido que podrán regularizarse por medio del presente régimen las deudas determinadas, vencidas y/ogeneradas al 30 de septiembre de 2020.
ARTICULO 3°. La tasa de interés a aplicar sobre los créditos vencidos e impagos será la determinada en la RESOL-2018-446-OPDS, correspondiente a un treinta y seis por ciento (36%) anual, no acumulativo, hasta su efectivo pago, hasta el otorgamiento de facilidades de pago o hasta la interposición de la demanda de ejecución fiscal.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar y girar a la Dirección General de Administración.