Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 26
VISTO el expediente Nº 22700-5.374/16, el
Decreto – Ley N° 7.764/71 y su Decreto reglamentario N° 3.300/72 y las facultades
otorgadas a esta Agencia de Recaudación por
CONSIDERANDO:
Que mediante
Que asimismo el Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto N° 3.300/72 en su artículo 4° dispone que en los Organismos Descentralizados, la autorización y aprobación de las contrataciones será dispuesta por las autoridades que sean competentes según la respectiva Ley y su reglamentación, habiendo dictado esta Agencia diversas Resoluciones Internas delegando la competencia a este respecto;
Que la estructura organizativa de
Que en ese entendimiento, resulta oportuno y conveniente delegar en el Gerente General de Administración la autorización y aprobación de las contrataciones que se gestionen en el marco del Decreto – Ley de Contabilidad Nº 7.764/71, conforme los importes que fije la reglamentación para los artículos 2º apartados a) inciso 3) y b) inciso 3) y 3º inciso c) del Decreto Nº 3.300/72;
Que con el objeto de unificar las normas delegatorias en la materia se propicia derogar las Resoluciones Internas N° 141/08, N° 304/08 y 27/16;
Que en virtud de lo supra expuesto se estima
pertinente delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de
Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de autorizar y aprobar
las contrataciones directas encuadradas en el artículo 26 inciso 2° del Decreto
- Ley de Contabilidad N° 7.764/71; la facultad de autorizar los pagos correspondientes a expensas comunes de inmuebles locados por
Que asimismo resulta oportuno y conveniente
agilizar la gestión del otorgamiento, ampliación y renovación de los fondos de
cajas chicas de las distintas dependencias de
Que en igual sentido, deviene pertinente delegar en el Gerente General de Administración la facultad de autorizar las transferencias bancarias necesarias para la adquisición de Órdenes de Pago Intransferibles (O.P.I.) para la atención del gasto de combustibles, lubricantes, reparaciones y demás servicios que se encuentren dentro del marco normativo de los Decretos N° 2.918/04 y 3.150/09 (Sistema BAPRO – COPRES);
Que la presente se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos h) y j) de
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Delegar en el Gerente General de Administración las facultades de autorización y aprobación de las contrataciones que se gestionen en el marco del Decreto – Ley de Contabilidad Nº 7.764/71, conforme los importes que fije la reglamentación para los artículos 2º apartados a) inciso 3) y b) inciso 3) y, 3º inciso c) del Decreto Nº 3.300/72.
ARTÍCULO 2°. Delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de autorizar y aprobar las contrataciones directas encuadradas en el artículo 26 inciso 2° del Decreto - Ley de Contabilidad N° 7.764/71.
ARTÍCULO 3º. Delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de disponer los pagos en concepto de expensas comunes derivados de los contratos de locación de inmuebles, que hayan sido debidamente aprobados mediante acto de autoridad competente, hasta la suma equivalente a la que se fije para las contrataciones previstas en el artículo 1° inciso c) del Decreto N° 3.300/72.
ARTÍCULO 4°. Delegar la facultad de autorizar los pagos de las órdenes de publicidad emitidas conforme el procedimiento establecido en el artículo 83 del Decreto N° 3.300/72 -Reglamento de Contrataciones-o el que en el futuro lo reemplace, en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad hasta la suma equivalente a la que se fije para las contrataciones previstas en el artículo 1° incisos b) y c) de dicho cuerpo normativo, respectivamente.
ARTÍCULO 5°. Delegar en el Gerente General de Administración la facultad de autorizar la constitución o apertura de cajas chicas; determinar los responsables de las mismas y/o modificar los montos asignados.
ARTÍCULO 6°. Delegar en el Gerente General de Administración la facultad de realizar las transferencias bancarias para la adquisición de Órdenes de Pago Intransferibles (O.P.I.) para la atención del gasto de combustibles, lubricantes, reparaciones y demás servicios que se encuentren dentro del marco normativo de los Decretos N° 2.918/04 y 3.150/09 (Sistema BAPRO – COPRES).
ARTÍCULO 7º. Derogar las Resoluciones Internas Nº 141/08; 304/08 y 27/16 y toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Gastón Fossati
Director Ejecutivo
C.C. 13.014