Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Normativa Nº 26

 

La Plata, 22 de septiembre de 2016.

 

VISTO el expediente Nº 22700-5.374/16, el Decreto – Ley N° 7.764/71 y su Decreto reglamentario N° 3.300/72 y las facultades otorgadas a esta Agencia de Recaudación por la Ley N° 13.766; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Ley N° 13.766 de creación de esta Agencia de Recaudación se estableció en su artículo 9 incisos h) y j) la facultad y obligación del Director Ejecutivo de delegar facultades de su competencia en el personal superior de la Agencia y la de disponer la autorización y aprobación de las contrataciones que sean necesarias para el desenvolvimiento de las finalidades y funciones de la misma, respectivamente;

 

Que asimismo el Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto N° 3.300/72 en su artículo 4° dispone que en los Organismos Descentralizados, la autorización y aprobación de las contrataciones será dispuesta por las autoridades que sean competentes según la respectiva Ley y su reglamentación, habiendo dictado esta Agencia diversas Resoluciones Internas delegando la competencia a este respecto;

 

Que la estructura organizativa de la Agencia, la impronta otorgada a la gestión y los montos reglamentariamente establecidos para la autorización y aprobación de las contrataciones, tornan necesario rever el marco delegatorio oportunamente aprobado en la materia, promoviendo la agilización de dichos trámites;

 

Que en ese entendimiento, resulta oportuno y conveniente delegar en el Gerente General de Administración la autorización y aprobación de las contrataciones que se gestionen en el marco del Decreto – Ley de Contabilidad Nº 7.764/71, conforme los importes que fije la reglamentación para los artículos 2º apartados a) inciso 3) y b) inciso 3) y 3º inciso c) del Decreto Nº 3.300/72;

 

Que con el objeto de unificar las normas delegatorias en la materia se propicia derogar las Resoluciones Internas N° 141/08, N° 304/08 y 27/16;

 

Que en virtud de lo supra expuesto se estima pertinente delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de autorizar y aprobar las contrataciones directas encuadradas en el artículo 26 inciso 2° del Decreto - Ley de Contabilidad N° 7.764/71; la facultad de autorizar los pagos correspondientes a expensas comunes de inmuebles locados por la Agencia y; la autorización de pago de las órdenes de publicidad emitidas conforme el procedimiento del artículo 83 del Reglamento de Contrataciones (Decreto N° 3.300/72) en una suma que permita su actualización periódica;

 

Que asimismo resulta oportuno y conveniente agilizar la gestión del otorgamiento, ampliación y renovación de los fondos de cajas chicas de las distintas dependencias de la Agencia, con el objeto de generar un circuito administrativo que brinde la fluidez necesaria para la obtención de los recursos indispensables para la atención de gastos que permitan el correcto funcionamiento de las dependencias operativas;

 

Que en igual sentido, deviene pertinente delegar en el Gerente General de Administración la facultad de autorizar las transferencias bancarias necesarias para la adquisición de Órdenes de Pago Intransferibles (O.P.I.) para la atención del gasto de combustibles, lubricantes, reparaciones y demás servicios que se encuentren dentro del marco normativo de los Decretos N° 2.918/04 y 3.150/09 (Sistema BAPRO – COPRES);

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos h) y j) de la Ley 13.766 y artículo 78 de la Ley Nº 13.767 y Decreto Nº 3.260/08;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Delegar en el Gerente General de Administración las facultades de autorización y aprobación de las contrataciones que se gestionen en el marco del Decreto – Ley de Contabilidad Nº 7.764/71, conforme los importes que fije la reglamentación para los artículos 2º apartados a) inciso 3) y b) inciso 3) y, 3º inciso c) del Decreto Nº 3.300/72.

 

ARTÍCULO 2°. Delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de autorizar y aprobar las contrataciones directas encuadradas en el artículo 26 inciso 2° del Decreto - Ley de Contabilidad N° 7.764/71.

 

ARTÍCULO 3º. Delegar en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad, indistintamente, la facultad de disponer los pagos en concepto de expensas comunes derivados de los contratos de locación de inmuebles, que hayan sido debidamente aprobados mediante acto de autoridad competente, hasta la suma equivalente a la que se fije para las contrataciones previstas en el artículo 1° inciso c) del Decreto N° 3.300/72.

 

ARTÍCULO 4°. Delegar la facultad de autorizar los pagos de las órdenes de publicidad emitidas conforme el procedimiento establecido en el artículo 83 del Decreto N° 3.300/72 -Reglamento de Contrataciones-o el que en el futuro lo reemplace, en el Gerente General de Administración y en el Gerente de Presupuesto y Contabilidad hasta la suma equivalente a la que se fije para las contrataciones previstas en el artículo 1° incisos b) y c) de dicho cuerpo normativo, respectivamente.

 

ARTÍCULO 5°. Delegar en el Gerente General de Administración la facultad de autorizar la constitución o apertura de cajas chicas; determinar los responsables de las mismas y/o modificar los montos asignados.

 

ARTÍCULO 6°. Delegar en el Gerente General de Administración la facultad de realizar las transferencias bancarias para la adquisición de Órdenes de Pago Intransferibles (O.P.I.) para la atención del gasto de combustibles, lubricantes, reparaciones y demás servicios que se encuentren dentro del marco normativo de los Decretos N° 2.918/04 y 3.150/09 (Sistema BAPRO – COPRES).

 

ARTÍCULO 7º. Derogar las Resoluciones Internas Nº 141/08; 304/08 y 27/16 y toda otra norma que se oponga a la presente.

 

ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Gastón Fossati

Director Ejecutivo

C.C. 13.014