LEY 12768
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad
pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en la localidad de
General Conesa, partido de Tordillo, designados catastralmente -según plano de
mensura parcial 105-2-2000- como Circunscripción I, Sección B, Quinta 60,
parcelas 1 y 2, inscripto su dominio en
ARTÍCULO 2.- Los inmuebles que se expropian por el artículo anterior serán transferidos al Ministerio de Obras y Servicios Públicos -Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.)- para la concreción del emplazamiento de los pozos de explotación programados en la obra "Tanques y Red de Provisión de Agua Potable, Etapa I", en la localidad de General Conesa, partido de Tordillo.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo a la partida prevista para el ejercicio 2001 en el presupuesto del Ministerio de Obras y Servicios Públicos (S.P.A.R.).
ARTÍCULO 4.- Declárase de urgencia el
trámite expropiatorio, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 38 de
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.