Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS
Resolución Nº 329
La Plata, 1º de noviembre de 2010.
VISTO el expediente N° 2200-967/10, por el que tramita la Declaración de Interés Provincial a la publicación “Identificación de los factores que condicionan el desarrollo asociativo en el territorio rural pampeano”, de la profesional del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – EEA Pergamino, Licenciada Sandra PIZARRO, y
CONSIDERANDO:
Que la publicación enunciada en el exordio de la presente está destinada fundamentalmente a los actores involucrados en extensión rural, en emprendimientos asociativos y en desarrollo, así como a especialistas que se desempeñan en investigaciones o en docencia, quienes pueden hallar en el trabajo señalado marcos conceptuales, aportes teóricos, metodológicos y análisis críticos para considerar en su práctica cotidiana, a la vez que apela a profundizar la comprensión de la intrincada red de relaciones humanas en indagaciones posteriores;
Que el objeto de investigación comprendido en la publicación de referencia, ocupa una de las áreas en las que se funda gran parte de la actividad agropecuaria bonaerense en general, y particularmente la que podrá desarrollarse en el futuro cercano, resultando el trabajo de la Licenciada PIZARRO un inestimable aporte a la familia agroproductora de la Provincia de Buenos Aires;
Que a fojas 6 presta su anuencia el Director Provincial de Desarrollo Rural, y a fojas 7 hace lo propio el Subsecretario de Producción, Economía y Desarrollo Rural;
Que en razón de lo expuesto precedentemente, esta Titularidad estima oportuno y conveniente el dictado de la presente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2590/04;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE
EL DECRETO N° 2590/04, EL MINISTRO DE
ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Declarar de Interés Provincial a la publicación “Identificación de los factores que condicionan el desarrollo asociativo en el territorio rural pampeano”, de la profesional del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – EEA Pergamino, Licenciada Sandra PIZARRO.
ARTÍCULO 2°. Dejar expresa constancia que el dictado de la presente no representa erogación alguna por parte de esta Secretaría de Estado.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Ariel Fabián Franetovich
Ministro de Asuntos Agrarios
C.C. 466