LEY 12648
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY
Art. 1. Declárase definitivamente incorporado al Patrimonio Histórico Cultural de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la ley 10419, al Teatro Municipal Unione de Dolores, sito en la calle Castelli N° 260, entre Sarmiento y Aristóbulo del Valle, de la mencionada ciudad, identificado catastralmente como: Circunscripción I, sección C, manzana 237, parcela 15 A, del partido de Dolores.
Art. 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.