LEY 2602
Imputación de los gastos de la Ley 2600 sobre pago de cuentas de Ejercicios vencidos.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Los gastos que demande la Ley de 6 de enero del corriente año, se imputarán a la presente y se pagarán de Rentas Generales.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.