Fundamentos de la Ley 13465

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

            El presente proyecto de ley por el que propiciamos la declaración de utilidad pública y la expropiación del terreno ubicado en la localidad de San Justo, partido de La Matanza, tiene como destino la ampliación del edificio sede del palacio municipal.

 

 

            Dicho inmueble se encuentra emplazado en el terreno designado catastralmente como: circunscripción I, sección A, manzana 15, parcela 8b, de la localidad de San Justo, partido de La Matanza siendo el predio a expropiar lindero al edificio principal de la municipalidad de La Matanza que ocupa la mayor parte de las parcelas de la circunscripción I, sección A, manzana 15 de la misma localidad.

            El inmueble objeto de expropiación tiene una valuación fiscal de $ 187.856 corriendo por cuenta del municipio de La Matanza afrontar el costo que la medida indica. Esto significa que el presente proyecto de ley no implica erogación alguna para la provincia de Buenos Aires.

 

 

            La determinación de tal predio, vecino al edificio donde actualmente funciona la sede del municipio de La Matanza, permite consolidar en un mismo espacio físico y social gran parte de la estructura de intervención de las diferentes unidades que conforman el ejecutivo del municipio y ayudará a una mejor gestión de los intereses públicos del distrito otorgando funcionalidad a la misma.

 

 

            La Matanza constituye el municipio de la provincia de Buenos Aires con mayor cantidad de habitantes y, entre otros, el que presenta uno de los panoramas sociales más complejos. La adecuación de la estructura edilicia de gestión para la resolución de cada una de sus problemáticas resulta de fundamental importancia para el distrito.

 

 

            Asimismo, cabe destacar que el inmueble privado objeto de expropiación se encuentra en el centro del ejido urbano y, particularmente, en la manzana principal de la actividad pública del distrito de La Matanza ya que vecino al palacio mundial se encuentra tanto el hospital central del distrito, demás dependencias sanitarias y la sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

            Por las razones expuestas, y de acuerdo a lo previsto por la Ley General de Expropiaciones Nro. 5.708 se pone a Vuestra Consideración el presente proyecto de ley, solicitando a los señores legisladores acompañen la iniciativa legislativa con su voto afirmativo.