DECRETO 10177/87
Visto el Expediente
2716-6572/87 y agregado sin acumular 2716-6557/87 del Ministerio de Asuntos
Agrarios, por el cual
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Repartición expone a fs. 1/3 y, fs. 3/5, 9/16, las razones que fundamentan dicha petición, dada las características particulares de los servicios que se cumplen en tales Establecimientos;
Que, han tomado
intervención
Que, en idéntico sentido,
se han expedido
Por ello;
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTÍCULO 1.-
Asignar, en Jurisdicción VII - MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS -, la jornada
laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, al personal de los
Establecimientos que seguidamente se nominan, dependientes de
- Parque Provincial “Pereyra Iraola” en Berazategui;
-
Parque Provincial “Ernesto Tornquist” en Sierra de
- Reserva Integral de Punta Lara;
ARTÍCULO 2.-
Otorgar en Jurisdicción VII - MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS -, la jornada
laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor al personal de
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, publíquese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio wen en su versión PDF.