DECRETO 16/87
LA PLATA, 11 de DICIEMBRE de 1987.
VISTO el Decreto Nº 1306/87, por el que se dispuso la creación de la
Subsecretaría de Políticas y Proyectos Especiales, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al plan de gobierno instrumentado en la etapa preelectoral se ha
previsto encarar una decidida acción con el fin de producir una reforma del
Estado Provincial y la aplicación de un sistema de control de gestión que
permita asegurar la consecución de los objetivos prefijados en relación a cada
área de gobierno;
Que la reforma administrativa tiene por objeto la desburocratización de las
actividades que se cumplen en la Administración Provincial a los efectos de
agilizar el proceso decisorio interno y, consecuentemente, brindar mejores
servicios a los administrados;
Que el cumplimiento de los objetivos aludidos y aquellos que se contemplen en
los programas específicos a cada área de gobierno, requiere ajustados
mecanismos de ejecución y la instrumentación de un sistema integrado de control
de gestión a fin de detectar oportunamente las desviaciones, introducir
correcciones a la operatividad normal y producir las reformulaciones que
requieran las circunstancias, habilitando un proceso permanente de
realimentación informativa y programática;
Que es preciso ordenar la definición de políticas y pautas programáticas para
un mejor desarrollo
de la acción de gobierno orientada al aprovechamiento integral de los recursos
disponibles y a la normalización de los insumos, base primordial para
racionalizar la gestión gubernamental en todas las áreas y estamentos;
Que la actual estructura de la Secretaría General no ha permitido lograr
efectividad en materia de organización siendo insuficiente el esquema
orgánico-funcional referido al control de gestión, por lo que se impone su
inmediata reestructuración;
Que el artículo 32 de la Ley de Ministerios Nº 10.132, faculta al Poder
Ejecutivo para modificar las estructuras orgánicas a fin de adecuarlas a las
necesidades operativas de cada área de gobierno en el marco de los planes y
programas pertinentes;
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Suprímase en la Jurisdicción II, GOBERNACION, Item 4,
Secretaría General, a partir del día 14 de Diciembre de 1987, la Subsecretaría
de Políticas y Proyectos Especiales.
ARTICULO 2.- Créase en la Jurisdicción II, GOBERNACION, Item 4,
Secretaría General, la Subsecretaría de Organización y Control de Gestión, cuya
Estructura Orgánico Funcional estará configurada de la siguiente manera:
- SECRETARIA GENERAL
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CONTROL DE GESTION
- Dirección de Organización Institucional.
- Dirección de Programación y Control de Gestión.
ARTICULO 3.- Apruébanse en la Jurisdicción II, GOBERNACION, Item 4, Secretaría General, las Misiones y Funciones de la Subsecretaría creada por el artículo anterior, la que como ANEXO I, forma parte integrante del presente.
ARTICULO 4.- Transfiérense en la Jurisdicción II, GOBERNACION,
Item 4, Secretaría General, a la dependencia creada precedentemente, los bienes
patrimoniales y personal afectados a la ex-Subsecretaría de Políticas y
Proyectos Especiales.
ARTICULO 5.- La Secretaría General de la Gobernación deberá
proponer en el término de treinta (30) días, la estructura definitiva de la
Subsecretaría de Organización y Control de Gestión, como así también las
Misiones y Funciones de sus dependencias y Planteles Básicos respectivos.
ARTICULO 6.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTICULO 7.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín
Oficial y archívese.
NOTA: EL ANEXO no se encuentra digitalizado . Si desea obtener “copia
papel”, le sugerimos requerirlas a la Agencia del Boletín Oficial de la
Provincia de Buenos Aires, más próxima a su domicilio. Puede consultar el
listado de Agencias en el siguiente sitio web:
http://www.gob.gba.gov.ar/html/gobierno/diebo/boletin/index_boletin.php