FUNDAMENTOS DE LA LEY 14775
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de este Cuerpo el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se declara Personalidad Destacada del Deporte post mortem, al ciclista Sebastián Manuel Cancio, por su relevante actuación y vasta trayectoria. Sebastián Manuel Cancio oriundo de la Ciudad de Junín, ha sabido representar a nuestra Provincia, y a nuestro país en el ciclismo internacional. Fue campeón nacional argentino de pista en diez oportunidades; dos en especialidad carrera por puntos, tres de "la Madison", dos en persecución de equipos, una individual y dos en scracht. En 2005 ganó la primera fecha del Campeonato del Mundo de ciclismo en pista en la carrera por puntos. El domingo 22 de febrero, el ambiente del ciclismo argentino quedo en shock, al conocerse la noticia del fallecimiento del deportista en el Hospital Ramos Mejía. Había quedado internado tras sufrir un cuadro de deshidratación e insolación durante la competencia “Doble Bragado”. Sebastián Cancio, de 36 años, padecía insuficiencias hepáticas y renales desde una hepatitis que contrajo hace dos años, lo que le originó la descompensación en la competencia. Tras ser internado, con el correr de los días su cuadro se fue agravando, lo que derivó en complicaciones en el hígado y en los riñones.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita a los señores Senadores que acompañen con su voto el proyecto adjunto.