DECRETO 4418/75

 

Certificados de antecedentes - Régimen de otorgamiento - Derogación del Decreto 656/57 que dispuso la extensión de certificados de conducta.

 

LA PLATA, 26 de JUNIO de 1975.

 

ARTÍCULO 1.- Derógase el Decreto 656 del año 1957, que estableció la extensión de certificados de conducta, en el ámbito de esta Provincia.

 

ARTÍCULO 2.- Implántase el certificado de antecedentes, que se otorgará únicamente para ser presentado ante Organismos Estatales, Centralizados o Descentralizados, no procediendo su extensión para viajar, Dirección de Tránsito ni para la actividad privada, por los fundamentos expuestos en los considerandos que preceden.

 

ARTÍCULO 3.- La Jefatura de Policía establecerá los requisitos formales para su obtención.

 

ARTÍCULO 4.- La tasa para su tramitación responderá a lo que fijen las normas impositivas en vigencia.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese, etc.