DECRETO 2869/94

 

LA PLATA, 29 de septiembre de 1994.

 

VISTO el expediente Nº 2.135-1.075/93 por el cual la Jefatura de Policía propicia la modificación del Artículo 136 del Decreto 1675/80, reglamentario del Decreto-Ley 9550/80; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la reforma que se pretende se traducirá en la práctica en una disminución de los gastos destinados al mantenimiento, reparación y reposición de armas;

 

Que la modificación propiciada permitirá al personal policial optar la provisión del arma por parte del Estado o utilizar la propia en la medida que ésta cumpla con los requisitos exigidos por la normativa que rige la materia;

 

Que no obstante ello, la Institución Policial deberá cumplimentar los controles adecuados tendientes al cumplimiento de las reglas de uniformidad que correspondan y demás recaudos de orden legal para su portación;

 

Que a fojas 7 y vuelta ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno no formulando observaciones a la iniciativa propuesta ni encontrando impedimentos de orden legal para concretar la misma a través del dictado del pertinente acto administrativo.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Modificase el artículo 136 del Decreto 1675/80, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 136.- Entiéndese por arma reglamentaria a la que alude el inciso b) del artículo 14 de la Ley de Personal a aquella que la Institución provee como dotación individual a su personal para el cumplimiento de su misión específica o, a su elección, a la que aquel adquiera con su patrimonio y previo cumplimiento de los recaudos legales de su parte, debidamente autorizado por la Jefatura de Policía, tras verificarse que se ajusta a los requisitos establecidos por ésta en atención a reglas de uniformidad en cuanto a características exteriores, técnicas y calibre”.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Seguridad a sus efectos.

DUHALDE

F. N. Galmarini