DECRETO 2095/94

 

LA PLATA, 28 de julio de 1994.

 

VISTO este expediente nº 2319-13302/94 del Instituto de Lotería y Casinos por el cual se propicia establecer como Día del Empleado de ese Organismo, el primer lunes del mes de julio de cada año, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Provincial de Lotería y Casinos creado mediante Decreto nº 1170/92 como entidad autárquica de derecho público en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, hasta el presente se adhirió al Día del Empleado del Ministerio de Economía que se celebra el cuarto viernes del mes de octubre;

 

Que los días viernes las tareas del Organismo se ven notoriamente incrementadas por la mecánica en el manejo de las explotaciones de juego, por lo que se estima conveniente fijar el primer lunes del mes de julio de cada año, en razón de tratarse del mes en que el Instituto comenzó su funcionamiento pleno;

 

Que ha tomado intervención la Dirección Provincial del Personal de la Provincia;

 

Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Establécese el primer lunes del mes de julio de cada año, como DÍA DEL EMPLEADO DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS, por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2.- Facúltase al Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos a conceder en la fecha mencionada asueto al personal.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese.

 

JORGE LUIS REMES LENICOV                      RAFAEL ROMA

Ministro de Economía                                             Vicegobernador