DECRETO 2.177
La Plata, 6 de octubre de 2008.
VISTO el expediente N° 2300-3357/08 por el que tramita un proyecto de Decreto referido al tratamiento salarial para el personal que se desempeña bajo el régimen de la Ley Nº 10.449 y su modificatoria Ley Nº 10.461 -Personal Técnico Gráfico-, y
CONSIDERANDO:
Que se ha arribado a acuerdos sustantivos con los representantes de los
trabajadores en relación al tratamiento salarial para el Personal Técnico
Gráfico;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 22 de la Ley N° 13.786 -de Presupuesto General correspondiente al
Ejercicio 2008- y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Establecer
para el personal enmarcado en la Ley N° 10.449 y su modificatoria Ley Nº 10.461
-Personal Técnico Gráfico-, desde el 1º de octubre de 2008 inclusive, una
bonificación remunerativa no bonificable del ciento veinticinco por ciento (125
%) del sueldo básico que los mismos perciban.
ARTICULO 2º. Exceptuar de lo dispuesto en el artículo anterior al personal
enmarcado en la Ley N° 10.449 y su modificatoria Ley Nº 10.461 -Personal
Técnico Gráfico-, que presta servicios en el Departamento de Publicaciones e
Impresos dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio
de Economía de la Provincia de Buenos Aires comprendido en los alcances del
Convenio de Colaboración y Complementación de Servicios Técnicos Especializados
aprobado por Resolución del Ministerio de Economía Nº 44/08 convalidada por el
artículo 21 inciso b) del Decreto Nº 954/08.
ARTICULO 3º. La excepción a que refiere el artículo anterior cesará en caso de
perder vigencia el Convenio referenciado en el mismo.
ARTICULO 4º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Economía, de Trabajo y de Jefatura de Gabinete y
Gobierno.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Rafael Perelmiter
Daniel
Osvaldo Scioli
Ministro de Economía
Gobernador
Oscar Antonio
Cuartango Alberto Pérez
Ministro de Trabajo
Ministro
de Jefatura de
Gabinete
y Gobierno