DECRETO 2.177  

La Plata, 6 de octubre de 2008.

VISTO el expediente N° 2300-3357/08 por el que tramita un proyecto de Decreto referido al tratamiento salarial para el personal que se desempeña bajo el régimen de la Ley Nº 10.449 y su modificatoria Ley Nº 10.461 -Personal Técnico Gráfico-, y

CONSIDERANDO:
Que se ha arribado a acuerdos sustantivos con los representantes de los trabajadores en relación al tratamiento salarial para el Personal Técnico Gráfico;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22 de la Ley N° 13.786 -de Presupuesto General correspondiente al Ejercicio 2008- y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º. Establecer para el personal enmarcado en la Ley N° 10.449 y su modificatoria Ley Nº 10.461 -Personal Técnico Gráfico-, desde el 1º de octubre de 2008 inclusive, una bonificación remunerativa no bonificable del ciento veinticinco por ciento (125 %) del sueldo básico que los mismos perciban.
ARTICULO 2º. Exceptuar de lo dispuesto en el artículo anterior al personal enmarcado en la Ley N° 10.449 y su modificatoria Ley Nº 10.461 -Personal Técnico Gráfico-, que presta servicios en el Departamento de Publicaciones e Impresos dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires comprendido en los alcances del Convenio de Colaboración y Complementación de Servicios Técnicos Especializados aprobado por Resolución del Ministerio de Economía Nº 44/08 convalidada por el artículo 21 inciso b) del Decreto Nº 954/08.
ARTICULO 3º. La excepción a que refiere el artículo anterior cesará en caso de perder vigencia el Convenio referenciado en el mismo.
ARTICULO 4º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, de Trabajo y de Jefatura de Gabinete y Gobierno.

ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

Rafael Perelmiter                        Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Economía                     Gobernador

Oscar Antonio Cuartango         Alberto Pérez
Ministro de Trabajo                  Ministro de Jefatura de
                                            Gabinete y Gobierno