DECRETO 1146/17 E

 

 

 

 

 

La Plata, 29 de diciembre de 2017.

 

 

 

 

 

Referencia: 2980-4713/16 - Designación GIRARDI Maria Paula

 

 

 

 

 

VISTO el expediente N° 2980-4713/16 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia designar a María Paula GIRARDI para desempeñar funciones en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que en la reunión de paritarias celebrada el 25 de octubre de 2016, entre los Ministerios de Trabajo, Economía, Salud y el entonces Coordinación y Gestión Pública, se acordó mediante Acta Nº 41, el pase a planta de aproximadamente cinco mil (5.000) becarios pertenecientes a esa Jurisdicción;

 

 

 

 

 

Que los ingresos se harán en etapas y por orden de antigüedad;

 

 

 

 

 

Que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2017 – Ley Nº 14879;

 

 

 

 

 

Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10471, en forma previa a la toma de posesión de la interesada;

 

 

 

 

 

Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese en el cargo por hallarse en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios de Antonio FERRO, concretado por Resolución 11112 Nº 782/16 – Anexo 1 – Planilla 10, contemplada en el Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley Nº 14879;

 

 

 

 

 

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba;

 

 

 

 

 

Que en virtud de lo determinado mediante Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, María Paula GIRARDI debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

 

 

 

 

 

Que asimismo resulta procedente otorgarle a la agente una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designada, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 377/08;

 

 

 

 

 

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano de la Subsecretaría de Capital Humano y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, ambas dependientes del Ministerio de Economía;

 

 

 

 

 

Que la presente designación se concreta de acuerdo a la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528;

 

 

 

 

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, de acuerdo a la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, como Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria, en el grado de Asistente, con carácter interino, a la profesional que se menciona a continuación, para desempeñar el cargo que se detalla, en el régimen horario que se indica:

 

 

 

 

 

Bioquímica - treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10471)

 

 

María Paula GIRARDI (D.N.I. 32.756.728 - Clase 1986).

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10471, en forma previa a la toma de posesión de la interesada.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud que, a partir de la fecha de notificación del presente, María Paula GIRARDI (D.N.I. 32.756.728 - Clase 1986), debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, deconformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo determinado por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4°. Otorgar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designada María Paula GIRARDI (D.N.I. 32.756.728 - Clase 1986), en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 377/08.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción 02: Dirección Provincial de Hospitales - Programa: 0026 - Finalidad 3 - Función 1 – Fuente de Financiamiento 1.1 - Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 - Régimen Estatutario 09 Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley Nº 14879.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Andrés Roberto Scarsi                                                       Federico Salvai

 

 

Ministro de Salud                                                                 Ministro de Jefatura de

 

 

Gabinete de Ministros

 

 

 

 

 

María Eugenia Vidal

 

 

Gobernadora