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Fundamentos de la
Ley 14531
Los entonces
concejales del partido de Saladillo Ricardo Lissalde
y Beatriz Dalmazo presentamos el 29 de septiembre
de 2010 un proyecto de ordenanza expediente № 182/2010 declarando de
utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble cuyos datos figuran en
la parte resolutiva del presente proyecto. En la sesión realizada el 19 de
octubre el Honorable Concejo Deliberante del partido de Saladillo aprobó por
unanimidad tal proyecto. Hoy es El objeto de la expropiación propuesta tiene como destino anexarlo a la escuela de educación primaria básica № 38 de la ciudad de Saladillo. Dicho establecimiento educativo necesita contar con mayor espacio físico para cumplir con las tareas asignadas. El terreno propuesto para expropiar es lindero al establecimiento educativo, el que se halla enclavado en la parcela 4 de la misma manzana. Es importante resaltar que la escuela citada se encuentra ubicada en radio céntrico, más precisamente en el ejido urbano histórico de la ciudad y a la que concurren cada vez mas educandos. Por ello, consideramos junto a la comunidad educativa del lugar que sería importante contar con una mayor superficie de terreno. De concretarse esta loable iniciativa el mismo podrá ser destinado, entre otros fines, a actividades recreativas, deportivas, de esparcimiento, salón para educación física y actos o futuras ampliaciones edilicias de acuerdo al aumento permanente de la demanda que se observa. Teniendo en cuenta
algunos antecedentes en la materia, sobre todo de veto a leyes de esta
naturaleza, entendemos que el gobierno de Para mayores datos sobre la factibilidad de lo solicitado, es de destacar que la propiedad que se propone expropiar se encuentra desocupada y abandonada. En el registro de la propiedad figura sin inscripción al dominio. Eso permitirá expropiar solo por el valor fiscal. La valuación fiscal
de la tierra es en la actualidad de 24.576 pesos y lo edificado (data del año
1900) en 4.179 pesos totalizando 28.655 pesos. Si consideramos que la
superficie total del terreno asciende a Proponemos entonces
que el inmueble de referencia se escriture a nombre de la provincia de Buenos
Aires para ser afectado a Por todo lo expuesto, agradezco a los señores legisladores que me acompañen en la sanción de la presente ley. |