LEY 4436

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de General Alvarado para que done o permute con la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, a efecto de que ésta construya el edificio para la Escuela número 1, una manzana de terreno de propiedad municipal, situada en el pueblo de Miramar, partido de General Alvarado, señalada en el plano oficial, como parte integrante de las plazas públicas, actualmente denominada Plaza de Ejercicios Físicos, compuesta de 86,66 metros por cada uno de sus cuatro costados o sea una superficie total de 7.549,99 metros cuadrados con los siguientes linderos: nordeste, boulevard Mitre; noroeste, boulevard General Pueyrredón; sudoeste, calle en medio con la manzana XX de la sección cuarta y sudeste, calle en medio con la manzana KK, también de la sección cuarta.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.