DEPARTAMENTO DE ECONOMIA
DECRETO 2.022

La Plata, 10 de agosto de 2006.

VISTO el Expediente N° 5800-1215700/06, y

CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2397/05, establece los índices para el cálculo del salario de los diferentes cargos en el marco estatutario de la Ley 10.579 y modificatorias;
Que el Artículo 2° del mencionado Decreto fija en 1,1 el índice escalafonario para los cargos que al 31 de julio de 2005 tenían el valor 1;
Que en el sentido indicado corresponde adecuar tal medida a los Maestros Transferidos de Nación, en correlación a la extensión horaria en el que dicho personal desarrolla sus tareas;
Que sobre las cuestiones a decidir se ha expedido la Directora General de Cultura y Educación;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal de la Provincia
Que, asimismo, se ha expedido la Asesoría General de Gobierno;
Que el Artículo 144 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, habilita el dictado del presente acto;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1°.- Modifícase, a partir del 1° de agosto de 2005, la parte pertinente del Anexo del Decreto N° 2397/05, en lo concerniente al ítem XV, incluyendo al Maestro transferido de Nación, quedando establecido el índice en 1,18.
ARTICULO 2°.- Apruébase, con vigencia al 1° de agosto de 2005, el texto ordenado del nomenclador de cargos docentes de la Provincia de Buenos Aires, conforme el Anexo que forma parte del presente.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será incorporado y registrado en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA).
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y Gobierno.
ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección General de Cultura y Educación. Cumplido archívese.

Florencio Randazzo

Felipe Solá

Ministro de Gobierno

Gobernador de la Provincia de Buenos Aires

Gerardo Adrián Otero
Ministro de Economía

ANEXO

NOMENCLADOR DE CARGOS DOCENTES - PROVINCIA DE BUENOS AIRES

a) Cargos en organismos de conducción técnico pedagógica y orgánico administrativo

I - Director de Repartición Docente

4,50

II - Subdirector de Repartición Docente

4,20

III - Asesor Docente

4,08

IV - Inspector Jefe. Inspector Jefe Técnico

 

Administrativo Distrital

3,96

V - Inspector

3,60

VI - Secretario de Jefatura

3,00

VII - Secretario de Inspección de 1ra. Categoría

2,82

VIII - Secretario de Inspección de 2da. Categoría

2,69

IX - Secretario de Inspección de 3er. Categoría

2,60

Cargos en servicios educativos u organismos de apoyo técnico, de perfeccionamiento e investigación.

 

Educ. Inicial

Educ. Sec. Bás.

Educ.

 

 

 

Superior

 

Primaria Básica

Polimodal

Artística

X - Director de Primera

 

 

 

Director Institucional

3,00

3,00

3,00

-de 1ra. con un turno

 

2,40

2,70

-de 1ra. con más de un turno

 

2,70

3,00

-de 1ra. con más de 40 secciones

2,40

 

 

-de 1ra. con 30 a 39 secciones

2,28

 

 

-de 1ra. con 20 a 29 secciones

2,16

 

 

-de 1ra. con menos de 20 secciones

2,10

 

 

-de 1ra. con más de 40 secciones

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,70

 

 

-de 1ra. con 30 a 39 secciones

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,57

 

 

-de 1ra. con 20 a 29 secciones

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,44

 

 

-de 1ra. con menos de 20 secciones,

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,36

 

 

-de C.I.E. con un turno

2,70

2,70

2,70

-de C.I.E. con más de un turno

3,00

3,00

3,00

-Jefe de primera de Equipo

 

 

 

Interdisciplinario

2,40

 

 

XI - Director de Segunda

1,80

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,03

 

 

con un turno

 

2,16

2,58

con más de un turno

 

2,40

2,70

Vicedirector de Primera

 

 

 

con más de 40 secciones

1,98

 

 

con 30 a 39 secciones

1,92

 

 

con 20 a 29 secciones

1,86

 

 

con menos de 20 secciones

1,80

 

 

con más de 40 secciones

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,23

 

 

con 30 a 39 secciones

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,16

 

 

con 20 a 29 secciones

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,09

 

 

con menos de 20 secc.

 

 

 

c/carga horaria de 4 ½ horas

2,03

 

 

con un turno

 

2,16

2,58

con más de un turno

 

2,40

2,70

Jefe de segunda de Equipo

 

 

 

Interdisciplinario

1,98

 

 

XII - Director de Tercera

1,70

2,04

2,16

c/carga horaria de 4 ½ horas

1,92

 

 

Vicedirector de Segunda

 

1,70

2,16

c/carga horaria de 4 ½ horas

1,92

 

 

con un turno

 

2,16

 

con más de un turno

2,40

 

 

Regente técnico o de estudios

 

2,16

2,16

Coordinador de centros o distritos

1,70

1,70

1,70

XIII - Secretario

1,64

1,80

1,80

Jefe de Area -turno completo-

 

2,04

2,04

medio turno-

 

 

1,02

XIV - Prosecretario

1,38

1,50

1,50

Subjefe de Area

 

1,50

1,50

Ingreso por Cargo de Base

XV - Maestro - Maestro Especial -

 

 

 

Técnico Docente

1,10

 

1,10

Maestro transferido de Nación

1,18

 

 

Ingreso por hora cátedra o módulo

 

 

 

XVI - Profesor - hora cátedra

 

1/15

1/12

Profesor - módulo

1/12

1/10

1/8

XVII - Ayudante de cátedra - hora

 

1/18

1/14

b)

I - Jefe de Preceptores

1,44

1,44

1,44

II - Subjefe de Preceptores

1,32

1,32

1,32

III - Preceptor Residente

1,20

1,20

1,20

Ingreso por Cargo de Base

IV - Preceptor

1,00

1,00

1,00

c)

 I - Jefe de Medios de Apoyo

técnico - pedagógico

1,44

1,56

1,56

Ingreso por Cargo de Base

II - Encargado de Medios de Apoyo

técnico - pedagógico

1,10

1,20

1,20

Bibliotecario

1,10

1,20

1,20

Cargos con doble escolaridad y jornada completa: básico más 75 % del mismo.