LEY 6871
Creación de Escuela Técnica de Capacitación en la ciudad de Junín.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
LEY
ARTÍCULO 1.- Créase una Escuela Técnica de Capacitación, turno nocturno, dependiente de la Dirección de Enseñanza Media y Vocacional del Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de Junín.
ARTÍCULO 2.- Dicho establecimiento funcionará en el local de la Escuela Primaria Nº 1, dependiente de la Dirección General de Escuelas, ajustándose a los planes de estudio de los establecimientos similares actualmente en funcionamiento en la Provincia.
ARTÍCULO 3.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.