LEY 6545
Autorízase al Poder Ejecutivo a modificar el anteproyecto de creación de la Comisión Interprovincial del Río Colorado.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a modificar en la parte pertinente el anteproyecto de creación de la Comisión Interprovincial Permanente del Río Colorado, aprobado por Decreto Nº 18.667, de fecha 18 de Octubre de 1956, y ratificado por Ley número 5.902, fijando la cuota anual de sostenimiento correspondiente a la Provincia de Buenos Aires, en la suma de cuatrocientos mil pesos moneda nacional ($ 400.000 m/n), a partir de la entrega correspondiente al Ejercicio 1960-1961.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.