DEROGADO POR LEY 6256
LEY 6210
Donación de terrenos para el Cementerio de Sierras Bayas, Olavarría.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase a la Municipalidad de Olavarría los lotes 1 y 2 de la fracción 2 de la Reserva Fiscal de Sierras Bayas, con destino a la construcción de un cementerio.
ARTÍCULO 2.-El Poder Ejecutivo tomará las medidas necesarias para hacer efectiva la correspondiente traslación de dominio.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.