DEROGADO POR LEY 6256

 

LEY 6210

 

Donación de terrenos para el Cementerio de Sierras Bayas, Olavarría.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Dónase a la Municipalidad de Olavarría los lotes 1 y 2 de la fracción 2 de la Reserva Fiscal de Sierras Bayas, con des­tino a la construcción de un cementerio.

 

ARTÍCULO 2.-El Poder Ejecutivo tomará las medidas necesarias para hacer efectiva la correspondiente traslación de dominio.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.