DECRETO 1280/2023
LA PLATA, 22 de Julio de 2023
VISTO el expediente EX-2023-17088707-GDEBA-DPTDIV del Instituto de la Vivienda, por el cual se propicia la designación de María Victoria ZAPPITELLI TEBALDI en el cargo de Directora de la Dirección Técnica-Administrativa, dependiente de la Gerencia de Desarrollo de Programas de Acceso al Crédito, y
CONSIDERANDO:
Que se propicia la designación, a partir del 1° de mayo de 2023, de María Victoria ZAPPITELLI TEBALDI en el cargo de Directora Técnica-Administrativa;
Que la mencionada agente reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar el cargo propuesto;
Que se acredita en autos la vacante correspondiente;
Que la presente gestión cuenta con la conformidad del Administrador General del Instituto de la Vivienda;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, Clasificación Institucional 1.1.2.30.00.042, Instituto de la Vivienda, a partir del 1° de mayo de 2023, a María Victoria ZAPPITELLI TEBALDI (DNI N° 33.192.658 - Clase 1987) en el cargo de Directora TécnicaAdministrativa, dependiente de la Gerencia de Desarrollo de Programas de Acceso al Crédito, de conformidad con los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.
ARTÍCULO 2°. Determinar que el gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con cargo al Presupuesto Ejercicio 2023 - Ley Nº 15.394, Jurisdicción 30, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 42, Programa 1, Subprograma 0, Proyecto 0, Actividad 1, Unidad Ejecutora 267, Partida Principal 1, Partida Parcial 0, Partida Subparcial 0, Régimen Estatutario 1, Agrupamiento Ocupacional 15, Fuente de Financiamiento 1.2, Finalidad 3, Función 7, Inciso 1, Unidad 999.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hábitat y Desarrollo Urbano y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Agustín Pablo Simone, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.