FUNDAMENTOS DE LA

LEY 10929

 

HONORABLE CÁMARA:

El Jardín de Infantes N° 916, de la localidad de Punta Alta, funciona desde el 8 de julio pasado en una vivienda particular, edificio en el cual se han realizado importantes reformas y mejoras para otorgarles mayor amplitud y adecuación a su nueva finalidad.

Teniendo en cuenta la necesidad de dar una solución definitiva a la ubicación de este establecimiento y que las refacciones mencionadas han sido efectuadas con el apoyo de toda la comunidad, es preciso dar una respuesta legislativa a esta situación.

En tal sentido, la expropiación del inmueble en cuestión, con destino al citado Jardín de Infantes, es la acción apropiada para brindar a esa institución, a los niños que a ella concurren y a sus familias, las seguridades básicas para su normal funcionamiento.

Por lo expuesto, este Bloque del Partido Intransigente presenta el adjunto proyecto de ley solicitando para el mismo el voto favorable de los señores legisladores.