DECRETO 355/18
LA PLATA, 24 de abril de 2018.-
Referencia: Convenio Marco de Cooperación Junín-CIC. 2157-398/17
VISTO el expediente Nº 2157-398/17, mediante el cual se propicia la aprobación del Convenio Marco de Cooperación celebrado el 28 de junio de 2017 entre la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín, y
CONSIDERANDO:
Que el citado convenio tiene por objeto impulsar programas de trabajo y desarrollo de actividades conjuntas, orientadas a la generación, difusión y aplicación de conocimiento científico y tecnológico a los sectores productivos y sociales del ámbito privado y/o público del Partido de Junín;
Que cada Institución proveerán los recursos necesarios en la forma y condiciones que en cada oportunidad se establezcan debidamente para realizar los trabajos que se programen afectando para ello los recursos humanos, técnico-científicos y materiales que sus Estatutos y Reglamentos Orgánicos permitan;
Que el plazo de duración del convenio se establece en tres (3) años desde su aprobación, renovable automáticamente, pudiendo denunciarlo cualquiera de las partes con preaviso de seis (6) meses de anticipación;
Que el Directorio de la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires, en su sesión del 19 de septiembre de 2017, Acta Nº 1459, aprobó el Convenio Marco de Cooperación celebrado el 28 de junio de 2017 entre la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín;
Que han tomado la intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio Marco de Cooperación celebrado el 28 de junio de 2017 entre la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín, el que como Anexo (IF-2018-2542284- GDEBA-UCYCGCIC), pasa a formar parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2°: En los sucesivos actos (acuerdos, protocolos, addenda, etc.) que se suscriban como consecuencia del presente convenio, deberán tomar intervención, con carácter previo a su suscripción, los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas.
ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Ciencia, Tecnología e Innovación y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°: Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.
Jorge Román Elustondo Federico Salvai
Ministro Ministro
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires