Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Nº 1468
 
La
 Plata, 21 de septiembre de 2016.
 
VISTO la
 Resolución N°
162/16, y
 
CONSIDERANDO:
Que por la
 Resolución citada en el Visto se actualizaron los montos
correspondientes a los distintos servicios de Policía Adicional, adecuando
asimismo la categoría relacionada al servicio prestado en hospitales y demás
organismos centralizados o descentralizados de la Administración Pública
Provincial;
 
Que el artículo 3° del mencionado acto estableció que
tanto la modificación señalada como el cambio de valor de la hora de Policía
Adicional, respecto de los hospitales y demás organismos centralizados o
descentralizados de la Administración Pública Provincial, no tendrían
efectos hasta tanto este Ministerio culminara el relevamiento
integral del servicio de Policía Adicional que se presta actualmente en dichos
organismos;
 
Que en esta instancia, habiendo cumplido esta cartera
ministerial con el relevamiento integral señalado,
deviene necesario ordenar la entrada en vigencia de lo establecido mediante
Resolución N° 162/16;
 
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº
14.803 y sus modificatorias;
 
Por ello,
 
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, 
RESUELVE:
 
ARTÍCULO 1º. Establecer la entrada en vigencia del
artículo 1° de la
 Resolución N°
162/16 a partir del 1° de septiembre de 2016, por los motivos expuestos en los considerandos.
 
ARTÍCULO 2º. Modificar parcialmente el artículo 2° de la Resolución N° 162/16, estableciendo que los montos correspondientes a
los distintos servicios de Policía Adicional fijados en la misma entran en
vigencia a partir del 1° de septiembre de 2016, por los motivos expuestos en
los considerandos.
 
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín
Oficial y en el Boletín Informativo, pasar a la Dirección General
de Administración. Cumplido, archivar.
 
Cristian Adrián Ritondo
Ministro de Seguridad
C.C. 13.066