Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 1468

 

La Plata, 21 de septiembre de 2016.

 

VISTO la Resolución N° 162/16, y

 

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se actualizaron los montos correspondientes a los distintos servicios de Policía Adicional, adecuando asimismo la categoría relacionada al servicio prestado en hospitales y demás organismos centralizados o descentralizados de la Administración Pública Provincial;

 

Que el artículo 3° del mencionado acto estableció que tanto la modificación señalada como el cambio de valor de la hora de Policía Adicional, respecto de los hospitales y demás organismos centralizados o descentralizados de la Administración Pública Provincial, no tendrían efectos hasta tanto este Ministerio culminara el relevamiento integral del servicio de Policía Adicional que se presta actualmente en dichos organismos;

 

Que en esta instancia, habiendo cumplido esta cartera ministerial con el relevamiento integral señalado, deviene necesario ordenar la entrada en vigencia de lo establecido mediante Resolución 162/16;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.803 y sus modificatorias;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Establecer la entrada en vigencia del artículo 1° de la Resolución N° 162/16 a partir del 1° de septiembre de 2016, por los motivos expuestos en los considerandos.

 

ARTÍCULO 2º. Modificar parcialmente el artículo 2° de la Resolución N° 162/16, estableciendo que los montos correspondientes a los distintos servicios de Policía Adicional fijados en la misma entran en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2016, por los motivos expuestos en los considerandos.

 

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en el Boletín Informativo, pasar a la Dirección General de Administración. Cumplido, archivar.

 

Cristian Adrián Ritondo

Ministro de Seguridad

C.C. 13.066